En los hogares españoles hay tres millones de perros más que de niños. Y la tendencia de natalidad y de adopción de mascotas parece indicar que la brecha irá ensanchándose en los próximos años y décadas. Y en cierto sentido es razonable: lxs jóvenes lo tienen más difícil que nunca para prosperar económicamente y poder acceder a todas esas cositas que invitan a la maternidad y a la paternidad. Como una vivienda. Esto ha hecho que en los edificios se escuchen cada vez menos gritos de niños y más ladridos de perros, algo que puede no gustar a tus vecinxs, lo que conduce a una pregunta muy importante: ¿puede tu comunidad de vecinos prohibirte tener un perro en tu hogar?
Para responderla hay que acudir a dos leyes diferentes. Por un lado, a la Ley de Propiedad Horizontal, que delimita tanto las actividades que pueden realizarse en las zonas comunes como las situaciones de ruidos o molestias dentro de la vivienda que afecten al resto de vecinos. Por otro lado, a la Ley de Bienestar Animal, que regula algunas de las acciones que puedes realizar en relación a tu perro tanto fuera como dentro de tu propia casa. Y no, en ningún lugar de ninguna de ambas normativas aparece recogido el derecho de la comunidad de vecinos a negarte la tenencia de una mascota legal. Si lo intenta puedes pasar olímpicamente de ella. Incluso denunciarla por acoso.
Detalles a tener en cuenta
Eso sí, y según los estatutos de cada comunidad de propetarixs, “sí pueden limitar su presencia en áreas comunes como ascensores y jardines, una prohibición que debe ser aprobada por la mayoría de los miembros de una junta de propietarios y no puede discriminar razas específicas”, explican desde Okdiario. Nada de prohibir a tu golden retriever, tu rottweiler o tu american stanford subir las cuatro plantas hasta la puerta de tu casa en ascensor pero permitírselo libremente al chihuahua del vecino. Además, y a menos que aparezca reflejada en los estatutos, no tienes por qué llevarlo con correa, “aunque siempre es recomendable mantener a tu mascota sujeta”.
En cuanto a los ruidos y las molestias, ten en cuenta que eres responsable de todo ello y que tanto un vecino particular como la comunidad de vecinos puede demandarte si lo considera pertinente. En este sentido, recuerda que la nueva Ley de Bienestar Animal te prohíbe dejar a tu perro más de 24 consecutivas solo, así como “mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos”. Pueden aparecer por dichas zonas, claro, pero de manera puntual. Ah, y esto es de sentido común, pero si tu perro hace sus necesidades en una zona común, límpialo debidamente. Es tu deber como dueñx.